Permiso por fallecimiento: qué días te corresponden hoy y qué cambiaría con la ampliación a 10 días
Cuando fallece un familiar, lo último que necesitas es discutir con la empresa por cuántos días te corresponden o desde cuándo empiezan a contar. Aun así, sigue ocurriendo: dudas con el cómputo, exigencias de justificación, problemas con el desplazamiento, o negativas directas.
En esta guía te explicamos qué dice la norma actualmente, cómo se aplica en la práctica y qué cambios se están planteando con la ampliación del permiso por fallecimiento a 10 días (si finalmente se aprueba).
Este artículo es orientativo. Si tu empresa te pone trabas o necesitas una revisión de tu caso en Canarias, en SUT Canarias podemos ayudarte a defender tu derecho.
1) ¿Cuántos días de permiso por fallecimiento hay ahora mismo?
En el sector privado (trabajadores por cuenta ajena), el permiso retribuido por fallecimiento se regula en el Estatuto de los Trabajadores. A día de hoy, el esquema general es:
- 2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado.
- 4 días si, por ese motivo, se necesita desplazamiento.
Tu convenio colectivo puede mejorar estos mínimos (más días, más supuestos o un cómputo más favorable), así que conviene revisarlo antes de aceptar lo que te diga “de palabra” la empresa.
2) ¿Qué familiares entran? (primer y segundo grado, explicado fácil)
Para evitar dudas, recuerda que la norma habla de familiares “hasta segundo grado”. En términos sencillos:
Consanguinidad (familia de sangre)
- 1º grado: padres/madres e hijos/hijas.
- 2º grado: abuelos/as, nietos/as y hermanos/as.
Afinidad (familia política)
- 1º grado: suegros/as, yernos/nueras.
- 2º grado: cuñados/as (según el vínculo y el criterio aplicable).
Si tu empresa te dice “eso no entra”, pide que lo justifique por escrito y revisa el convenio. Muchas situaciones se resuelven con una reclamación bien planteada desde el inicio.
3) ¿Los días son naturales o laborables? ¿Desde cuándo se cuentan?
Este punto genera problemas cuando el fallecimiento ocurre en festivo, fin de semana o en un día que tú no ibas a trabajar. En la práctica, se suele defender que el permiso debe disfrutarse de forma útil, evitando que se “consuma” en días en los que ya no había obligación de acudir al trabajo.
- Si el hecho causante ocurre en un día no laborable para ti, lo habitual es iniciar el permiso en tu primer día laborable siguiente.
- Si la empresa intenta contarlo desde un festivo y te “come” días, es una situación reclamable.
La clave está en lo que marque tu convenio y cómo se aplique en tu caso concreto (turnos, nocturnidad, trabajo a días alternos, etc.).
4) El “desplazamiento”: cuándo se aplica y cómo se justifica
La ampliación a 4 días existe cuando, por el fallecimiento, necesitas desplazarte. Se vincula a la necesidad real de moverte para asistir, gestionar trámites o acompañar en el proceso.
Claves prácticas
- Indica dónde se produce el sepelio/trámites y por qué necesitas desplazarte.
- Justifica de forma simple: documento del tanatorio, esquela, certificado, dirección, billetes si los hay.
- Si la empresa discute el desplazamiento, deja constancia por escrito y pide asesoramiento cuanto antes.
5) Qué se ha anunciado sobre el permiso de 10 días (y qué significaría)
Se ha anunciado una propuesta para ampliar el permiso por fallecimiento a 10 días y permitir una distribución flexible dentro de un periodo de semanas desde el fallecimiento (no necesariamente todo seguido).
Esto sería especialmente relevante en Canarias por los desplazamientos entre islas, la gestión de trámites y la necesidad real de acompañamiento familiar durante el duelo.
Mientras no se apruebe y publique el cambio definitivo, lo aplicable seguirá siendo el permiso vigente (2 días o 4 si hay desplazamiento) y, en su caso, las mejoras del convenio.
6) Problemas frecuentes con las empresas (y cómo actuar)
“Te doy 2 días, pero te los cuento desde el mismo día aunque sea festivo”
Pide que te lo confirmen por escrito (correo o comunicación interna). Si te perjudica, solicita revisión conforme al convenio y plantea una reclamación.
“Solo te lo doy si me traes X documento”
La empresa puede pedir una justificación razonable, pero no debería bloquear el permiso ni exigir trámites imposibles en un momento de urgencia. Documenta lo que aportas y cuándo lo aportas.
“Eso es solo para familiares directos; tu caso no entra”
Revisa el grado: hermanos/as y abuelos/as suelen estar dentro del segundo grado. Si el vínculo es por afinidad, revisa también el convenio y tu situación concreta.
“Te lo cambio por vacaciones / te lo descuento del sueldo”
El permiso es retribuido. Si hay descuento, revisa la nómina y deja constancia: es reclamable.
7) Cómo solicitarlo bien (paso a paso)
Para evitar discusiones, la mejor estrategia es comunicarlo con claridad y dejar rastro por escrito:
- Aviso inmediato (mejor por escrito): “Ha fallecido mi familiar (indica parentesco). Solicito el permiso retribuido por fallecimiento”.
- Indica si existe desplazamiento y el lugar.
- Aporta un justificante cuando puedas (tanatorio, certificado, esquela u otro documento razonable).
- Guarda copia de todo (capturas, emails, PDFs, WhatsApp corporativo).
Si la empresa responde con negativa, silencio o condiciones extrañas, actúa cuanto antes: cuanto más rápido se reclama, más fácil suele ser resolverlo.
8) ¿Y si trabajas en la Administración?
Si eres empleado/a público/a, tu régimen puede ser diferente (normativa de función pública y reglas específicas). En ese caso conviene revisar tu normativa aplicable antes de aceptar una respuesta estándar.
9) Preguntas frecuentes
¿Me corresponde permiso por fallecimiento de mi suegro/a?
En muchos casos sí, por afinidad. Revisa tu convenio y cómo se reconoce el vínculo en tu situación concreta.
¿Y por fallecimiento de un abuelo?
Habitualmente sí: abuelo/a entra dentro del segundo grado de consanguinidad.
¿Mi convenio puede dar más días?
Sí. El Estatuto marca un mínimo, pero el convenio puede mejorar duración, supuestos y cómputo.
¿El permiso es retribuido?
Sí, es un permiso retribuido. Si lo descuentan o lo “compensan” con vacaciones, revisa el caso y reclama.
¿Qué hago si la empresa me lo niega o me lo cuenta mal?
Pide la respuesta por escrito, guarda pruebas y solicita asesoramiento. Una reclamación bien planteada suele desbloquear el problema.
Si necesitas que adaptemos este contenido a tu convenio o a un caso real (turnos, desplazamiento entre islas, etc.), podemos revisarlo contigo.
¿Tu empresa te está poniendo trabas con el permiso por fallecimiento?
Si estás en Canarias y te están contando mal los días, negando el desplazamiento, exigiendo requisitos abusivos o descontando el permiso en nómina, en SUT Canarias podemos ayudarte a defender tu derecho.
Para ayudarte más rápido, incluye: sector/convenio, parentesco, si hubo desplazamiento y cómo respondió la empresa.