Periodo de prueba laboral: duración, despido y derechos del trabajador

Salario y nómina · Contratación · Derechos laborales

Periodo de prueba: cuánto dura, si pueden despedirte y qué derechos tienes

Empezar un trabajo nuevo genera muchas dudas, y una de las más habituales tiene que ver con el periodo de prueba. ¿Te pueden cesar sin darte explicaciones? ¿Hay indemnización? ¿Qué pasa si estás de baja? ¿Se puede pactar cualquier duración? En esta guía de SUT Canarias resumimos de forma clara qué dice la normativa y qué debe revisar cualquier persona trabajadora.

✔ Debe constar por escrito ✔ Tiene límites de duración ✔ No vale si ya hacías esas funciones ✔ No ampara despidos discriminatorios

El periodo de prueba es el tiempo inicial de la relación laboral durante el cual empresa y trabajador pueden comprobar si el puesto y las condiciones se ajustan a lo esperado. Durante ese plazo, cualquiera de las partes puede extinguir la relación sin necesidad de alegar la causa en los mismos términos que un despido ordinario. Sin embargo, eso no significa que la empresa pueda actuar sin límites.

Idea clave: el periodo de prueba no elimina tus derechos laborales. La empresa sigue obligada a respetar la legalidad, la igualdad de trato, la no discriminación y las condiciones pactadas en contrato y convenio.

¿Qué es exactamente el periodo de prueba?

Se trata de una cláusula que permite valorar si existe adaptación al puesto, aptitud profesional y conveniencia mutua para mantener la relación laboral. Pero para que sea válido, el periodo de prueba debe haberse pactado expresamente por escrito. Si no aparece en el contrato o en un anexo firmado, no puede entenderse que exista.

Además, hay otro límite importante: no se puede pactar periodo de prueba si la persona ya había desempeñado antes las mismas funciones en la misma empresa, aunque hubiera sido con otro tipo de contrato. En ese caso, la cláusula sería nula.

¿Cuánto puede durar el periodo de prueba?

La duración no es libre. Puede venir fijada por el convenio colectivo y, en su defecto, se aplican los límites generales previstos en la legislación laboral.

Supuesto Duración máxima habitual
Técnicos titulados Hasta 6 meses
Resto de trabajadores Hasta 2 meses
Empresas de menos de 25 personas trabajadoras (puestos no técnicos) Hasta 3 meses
Contratos temporales de duración no superior a 6 meses Hasta 1 mes, salvo que el convenio disponga otra cosa

Por eso conviene revisar siempre el convenio colectivo aplicable, ya que puede concretar, matizar o reducir esos límites. Si el contrato fija un periodo superior al permitido, esa cláusula puede ser impugnable.

¿Te pueden despedir durante el periodo de prueba?

Durante el periodo de prueba, la empresa puede extinguir la relación laboral sin acudir al procedimiento ordinario del despido disciplinario u objetivo. En la práctica, suele comunicar un cese durante el periodo de prueba. Normalmente, en ese caso:

  • No hay indemnización por despido.
  • No suelen abonarse salarios de tramitación.
  • No se exige preaviso, salvo que el convenio o el contrato sí lo establezcan.
  • Se liquida lo pendiente: salario, vacaciones devengadas no disfrutadas y otras cantidades que correspondan.

Ahora bien, que no sea necesario justificar la extinción como en un despido clásico no significa que la empresa tenga una vía libre absoluta. El cese puede ser ilegal o nulo si encubre una discriminación, una represalia o una vulneración de derechos fundamentales.

Importante: si el cese se produce por embarazo, baja médica, reclamaciones previas, ejercicio de derechos de conciliación, afiliación sindical u otras causas protegidas, puede discutirse judicialmente.

¿Qué pasa si estoy de baja médica durante el periodo de prueba?

Estar en incapacidad temporal no elimina por sí solo la posibilidad de que la empresa extinga la relación durante el periodo de prueba, pero tampoco convierte ese cese en automático ni intocable. Habrá que analizar el contexto concreto.

Además, la normativa prevé que determinadas situaciones —como incapacidad temporal, nacimiento, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia, entre otras— puedan interrumpir el cómputo del periodo de prueba, siempre que exista acuerdo entre ambas partes.

Si una persona trabajadora considera que el cese realmente se ha producido como represalia por estar de baja, o que existe discriminación o abuso, conviene revisar la documentación y buscar asesoramiento cuanto antes.

¿Y si estoy embarazada o ejerciendo derechos de conciliación?

En estos supuestos la protección debe extremarse. Aunque la empresa comunique un cese dentro del periodo de prueba, si la decisión está relacionada con el embarazo, maternidad, paternidad, lactancia, reducción de jornada, adaptación horaria u otros derechos de conciliación, puede existir una vulneración de derechos fundamentales.

Lo mismo ocurre si se aprecia un trato desfavorable por razón de sexo o por ejercer derechos vinculados al cuidado familiar. En estas situaciones no basta con asumir que “como estaba en prueba, no se puede hacer nada”.

¿La empresa tiene que dar explicaciones?

En principio, durante el periodo de prueba la empresa no está obligada a desarrollar una causa detallada como haría en una carta de despido disciplinario. Sin embargo, si el trabajador sospecha que el cese esconde una razón discriminatoria o ilícita, esa falta de explicación puede ser relevante a la hora de valorar el caso.

También conviene conservar siempre toda la documentación: contrato, nóminas, mensajes, comunicaciones internas, partes médicos, correos y cualquier prueba que ayude a reconstruir lo sucedido.

¿Qué debes revisar en tu contrato?

  1. Que el periodo de prueba figure por escrito.
  2. Que la duración no supere la permitida por ley o convenio.
  3. Que no hayas realizado antes las mismas funciones en esa empresa.
  4. Qué convenio colectivo se aplica.
  5. Si el contrato o convenio exigen preaviso.
  6. Si existe pacto sobre interrupción del periodo de prueba en caso de baja o nacimiento.

¿Qué hacer si te cesan en periodo de prueba?

Si la empresa pone fin a la relación laboral, lo recomendable es actuar con rapidez y revisar el caso con calma:

  • Pide copia escrita de la comunicación del cese.
  • Comprueba la fecha exacta de inicio del contrato y del fin del periodo de prueba.
  • Revisa si el periodo pactado era válido.
  • Comprueba el finiquito y las vacaciones pendientes.
  • Guarda toda la documentación y capturas de mensajes.
  • Si sospechas discriminación o represalia, busca asesoramiento sindical o jurídico de inmediato.

Conclusión

El periodo de prueba no debe confundirse con un espacio sin normas. La empresa puede extinguir la relación con mayor facilidad, sí, pero solo si el pacto es válido y la decisión no vulnera derechos. Si la duración es excesiva, si ya habías trabajado antes en el mismo puesto, si el cese encubre discriminación o si coincide con una situación especialmente protegida, conviene estudiar el caso.

En definitiva, conocer bien esta fase inicial del contrato puede evitar abusos y ayudarte a reaccionar a tiempo. Si tienes dudas sobre tu situación, en SUT Canarias podemos orientarte.

Preguntas frecuentes sobre el periodo de prueba

¿Si estoy en periodo de prueba tengo derecho a nómina y vacaciones?

Sí. Durante el periodo de prueba eres trabajador a todos los efectos: devengas salario, cotización, descansos y vacaciones en proporción al tiempo trabajado.

¿Me corresponde indemnización si me cesan en periodo de prueba?

Con carácter general, no. Pero sí deben abonarte las cantidades pendientes, como salario y vacaciones no disfrutadas.

¿Pueden ponerme periodo de prueba si ya trabajé antes en la misma empresa?

No, si ya habías desempeñado las mismas funciones previamente en la empresa, el pacto de periodo de prueba puede ser nulo.

¿Pueden cesarme estando de baja médica?

La empresa puede intentar extinguir la relación durante el periodo de prueba, pero si el cese es discriminatorio o vulnera derechos, puede impugnarse.

¿Hay que revisar el convenio colectivo?

Sí. El convenio puede fijar límites de duración, condiciones concretas e incluso reglas especiales que conviene comprobar siempre.

¿Te han cesado durante el periodo de prueba y no sabes si es legal?

Si trabajas en Canarias y tienes dudas sobre contrato, finiquito, baja médica, discriminación o derechos laborales, contacta con SUT Canarias y revisamos tu situación.

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